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Derecho de imagen: cuándo necesitás autorización para publicar una foto

Sacar una foto y publicarla no son lo mismo. Te contamos qué dice la ley argentina sobre la imagen de las personas, cuándo hace falta autorización y cómo pedirla bien.

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Derecho de imagen: cuándo necesitás autorización para publicar una foto

Sacar una foto y publicarla parecen lo mismo, pero no lo son. Como fotógrafos, la ley nos protege como autores de nuestras imágenes; y también protege a las personas que aparecen en ellas. Te contamos, en términos simples, cuándo necesitás autorización para publicar la imagen de alguien y cómo pedirla bien.

La regla general: hace falta consentimiento

En Argentina, la imagen de una persona es un derecho personal. El Código Civil y Comercial (artículo 53) dice que para captar o reproducir la imagen o la voz de una persona hace falta su consentimiento. Y la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual (artículo 31) agrega que un retrato fotográfico no puede ponerse en el comercio sin el consentimiento de la persona retratada.

Cuándo no hace falta

La misma ley prevé excepciones. No hace falta pedir autorización cuando:

  • La persona participa en actos públicos: una marcha, un acto oficial, un partido, un evento abierto.

  • Hay un interés científico, cultural o educativo prioritario, cuidando de no causar un daño innecesario.

  • Se trata del ejercicio regular del derecho de informar sobre hechos de interés general, como hace el periodismo.

Aun en esos casos, evitá usos que ofendan o ridiculicen a la persona, o que saquen la foto de contexto. Y para publicidad, siempre hace falta autorización.

Casos que se repiten en el oficio

  • Fotografía de calle: podés tomarla y mostrarla en una muestra o en tu portfolio, pero si la vas a vender para publicidad necesitás la autorización de quien aparece reconocible.

  • Eventos sociales (bodas, quince, cumpleaños): el contrato con tu cliente debería decir si podés usar las fotos en tu portfolio y redes. Los invitados no firmaron nada: usá con criterio las fotos donde se los ve en primer plano.

  • Menores de edad: siempre con la autorización de su madre, padre o tutor. Es el caso donde más cuidado hay que tener, también en fotos escolares y deportivas.

  • Retratos y books: acordá por escrito qué fotos podés publicar y dónde.

  • Publicidad y productos: cualquier uso comercial de la imagen de una persona necesita autorización expresa.

Cómo pedir una autorización que sirva

Lo más seguro es tenerla por escrito. Una autorización simple debería decir:

  1. Quién autoriza: nombre, documento y, si es menor, quién firma por él o ella.

  2. Qué fotos: la sesión, el evento o la fecha.

  3. Para qué usos: portfolio, redes, concursos, muestras, publicidad.

  4. Por cuánto tiempo y si es gratuita.

  5. Fecha y firma.

Guardala junto con las fotos. Si un concurso o un cliente te la pide, la vas a tener a mano.

Y tus derechos como autor

La otra cara de la moneda es que vos sos el autor de tus fotos, aunque el cliente las haya pagado. Si querés profundizar en ese tema, repasá la charla sobre derecho de autor y propiedad intelectual que organizamos con la Dra. Brenda Clarke.

Este artículo es una guía general para orientarte. Si tenés un caso puntual, conviene consultar con un abogado.